jueves, 12 de mayo de 2016



PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Pedido de informe sobre Escuelas saludables (ILSI)


Expediente 1318- D- 2016



Artículo 1: El Ministerio de Educación informará, a través de los organismos correspondientes, dentro de los 30 (treinta) días de recibida la presente, sobre los siguientes puntos relacionados con el funcionamiento del programa “Mi escuela Saludable”:


1)     Informe qué tipo de convenio tiene el Ministerio de Educación de la Ciudad de Buenos Aires con la empresa ILSI-Argentina Instituto Internacional de Ciencias de la Vida y qué rol cumple dicha empresa en el programa “Mi escuela saludable”.

2)     Informe cómo se financia dicho programa y hace cuánto tiempo que se viene desarrollando en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires.

3)     Aclare cuál es la injerencia de los patrocinadores de la empresa ILSI-Argentina como Basf Argentina S.A. Bayer S.A., Chacra Experimental Agrícola Santa Rosa, Coca-Cola de Argentina, Danone Argentina S.A. Danone Nutricia ELN, Dow AgroSciences Argentina S.A., DSM Nutritional Products Argentina S.A., Mondelez International, Kromberg Fine Chemicals S.R.L., Monsanto Argentina S.A.I.C., Publitec S.A. Editora, Syngenta Agro S.A., Unilever de Argentina S.A., en el desarrollo de dicho programa.


4)     Informe cual es la evaluación del impacto psico-social en los niños y de las intervenciones e investigaciones que se llevan delante en el ámbito escolar.

5)     Informe los fundamentos y normativa vigente que autoriza a ese Ministerio a contratar una empresa privada que superpone sus mediciones de salud de la niñez de las escuelas afectadas a este programa con las de Salud Escolar, dependiente del Ministerio de Salud de la Ciudad.

6)     Informe los fundamentos y la normativa vigente que autoriza a ese Ministerio a contratar una empresa privada para superponer sus tareas con las previstas por el Diseño Curricular de la Ciudad en los niveles afectados por este programa a cargo del plantel docente debidamente ingresado por concurso público y bajo supervisión de las autoridades educativas de cada distrito.

Artículo  2°.- Comuníquese, etc.


















FUNDAMENTOS



Sr. Presidente:

En las escuelas públicas del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires llegó, con fecha del 22 de Abril del corriente año, una nota que fue impartida a los estudiantes para que sea completada por sus padres, sobre la “optatividad” de participar del programa “Mi escuela saludable” que, según consta en la nota y en su página web, es un programa que “busca promover hábitos saludables para prevenir y disminuir el avance del sobrepeso/obesidad y mejorar la calidad de vida de toda la comunidad educativa.”

Para llevarlo a cabo, se informa en su página que se trabaja en conjunto con el Ministerio de Salud, el Ministerio de Educación y organizaciones del tercer sector. Además participan del programa 176 escuelas de nivel inicial y primario de las áreas programáticas –zonas determinadas por el Ministerio de Salud- que presentan prevalencia de sobrepeso y obesidad de la Ciudad. En cada institución, se trabaja con los niños, familias, docentes y equipos de conducción a través de diferentes actividades como: talleres de educación alimentaria, actividades recreativas y entrega de material educativo.

Las denuncias arrecian, tanto por parte de la comunidad (llegaron a las escuelas formularios de autorización para las familias) como por sectores ambientalistas y educativos: la Organización ILSI está formada nada menos que por empresas como Coca Cola, Monsanto, Dow Chemical y otros laboratorios. Es decir, empresas que pocos favores hacen a la salud de la población y que a través del estudio comparativo que plantean (entre niños que ya están incorporados al programa y los que no) más bien parecen utilizarlos como conejillos de indias para sus propios estudios.

Por otra parte, a partir de la información bridada en su página web la comunidad carece de los fundamentos en torno al impacto de las investigaciones y sus efectos psico-sociales en los niños.

Dicha actividad dice estar coordinada por la Dirección General de Desarrollo Saludable del Gobierno de la Ciudad, y el ILSI- Argentina (Instituto Internacional de Ciencias de la Vida). Dicho Instituto privado, según reseña su página web, es una institución internacional de integración científica “sin fines de lucro” (comillas nuestras) que se dedica a promover la salud pública a nivel mundial. Sustentada en la reconocida tradición científica de nuestro país surge la propuesta de iniciar ILSI en Argentina en el año 1988.

Entre sus patrocinadores y colaboradores, encontramos empresas como Basf Argentina S.A., Bayer S.A., Chacra Experimental Agrícola Santa Rosa, Coca-Cola de Argentina, Danone Argentina S.A. Danone Nutricia ELN, Dow AgroSciences Argentina S.A., DSM Nutritional Products Argentina S.A. , Mondelez International, Kromberg Fine Chemicals S.R.L., Monsanto Argentina S.A.I.C., Publitec S.A. Editora, Syngenta Agro S.A., Unilever de Argentina S.A, entre otras.

Finalmente, otro aspecto del problema es la situación de recorte presupuestario que sufren los comedores escolares y las becas de alimentos que suelen ser  en base a dieta de harinas de mala calidad y grasas en alta proporción, cuando llegan en estado o sufren demoras en su entrega. Es decir, dicho programa encubre también la responsabilidad que tiene el Estado frente a la falta de alimentación de grandes franjas de la población que asisten a la escuela a comer y reciben a cambio “viandas” insuficientes.

Cabe destacar que el 28 de abril la Cooperadora de la Escuela 26, comunica que “con padres y madres de nuestra comunidad educativa nos hemos reunido con los responsables del Programa Escuela Saludable que se planea implementar en nuestra escuela, cuya primera acción visible para las familias fue un pedido de autorización para hacer un estudio de impacto de dicho programa con chicxs de 5to y 2do grado, estudio que sería realizado por el Programa Escuela Saludable y la ONG ILSI (Instituto Internacional de Ciencias de la Vida, que está financiada por Coca Cola, Monsanto, DSM Nutritional Products, entre otras empresas y ha sido denunciada varias veces por ejercer “influencia indebida” sobre las políticas destinadas a proteger la salud pública)” y manifiesta su RECHAZO al estudio de impacto tal como ha sido planteado” y recomienda “para que no se realice la evaluación de impacto en las condiciones planteadas en ninguna otra escuela, hasta su revisión completa y garantía de un comité de ética científico que garantice que el uso de un acelerómetro (sujetado por un cinturón) en niños y niñas de 7 y 10 años aproximadamente, y durante toda la jornada escolar (8 horas), no daña su salud física y psíquica”.

A su vez, la cooperadora manifiesta que “Para la implementación del Programa Escuela Saludable en nuestra escuela, solicitamos la ARTICULACIÓN de sus acciones con la Comisión de Comedor: pedimos que se trabaje a partir de los informes generados por dicha comisión para que se efectivicen acciones concretas para el mejoramiento de la calidad de los alimentos que se ofrecen en el desayuno y el almuerzo en la escuela. Solicitamos también que los responsables del Programa Escuela Saludable trabajen no solo con nuestra comunidad educativa sino, esencialmente, con los responsables de nutrición que aprueban el menú que se ofrece en nuestra escuela y que no condice con los principios propuestos por el Programa.(…) Quedamos a la espera de la información faltante, que los funcionarios presentes se comprometieron a enviar: porcentaje del presupuesto utilizado para el Programa destinado a la realización del estudio, convenio realizado con ILSI, cuestionarios que se realizan a los niñxs, antecedentes del uso del acelerómetro en escuelas, listados de escuelas donde se ha trabajado con esta dinámica e informes de resultados (…).”

Por este motivo, creemos indispensable este pedido de informes sobre este programa del Gobierno de la Ciudad.


lunes, 2 de mayo de 2016

PROYECTO DE LEY DE CONSTRUCCIONES DE ESCUELAS DE NIVEL INICIAL


PROYECTO DE LEY CONSTRUCCIÓN DE ESCUELAS DE NIVEL INICIAL (Exp. 1005-D-2016)

Art. 1º: Se crea el Plan de Desarrollo de la Infraestructura Escolar para el Nivel Inicial en la Ciudad de Buenos Aires. Su propósito es atender, con nuevos establecimientos y las plantas docentes respectivas, escolares, a la creciente necesidad de matrícula pública en la franja etaria entre 45 días y 5 años

Art. 2º: El citado programa comprenderá la construcción de 40 Escuelas Infantiles y Jardines materno-paterno en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires. Se transforman progresivamente los JIN  y se trasladan las salas a edificios propios con unidad pedagógica y funcional
Art 3º.- Se dispone la asignación de una partida presupuestaria de emergencia a partir de re-direccionar fondos del presupuesto 2016. Se faculta al Poder Ejecutivo a realizar las adecuaciones presupuestarias que fueran menester a fin de cumplimentarlas disposiciones del presente artículo. La citada re-asignación no podrá partir en ningún caso de las llamadas áreas sociales del presupuesto.
Art.4º: Se deroga el Decreto 306/009 de CPI y CeDis y se integran los mismos al sistema educativo dependiente de la Dirección General de Escuelas del Ministerio de Educación.  
Art. 5: Los/as docentes que se desempeñen en los establecimientos mencionados en art. 3 pasarán a formar parte del plantel docente de la ciudad conforme al Estatuto del Docente. El personal no docente pasará a ser parte de la Planta funcional del Gobierno de la Ciudad, sin reducción salarial.
Art. 6: El personal no docente que estuviere desempeñando tareas docentes pasará a formar parte de la planta permanente cumpliendo tareas del escalafón como maestra celadora, debiendo cumplimentar su formación docente en el plazo de 5 años posterior a su pase. Obtenido su título podrá acceder a la carrera docente del nivel según Estatuto Docente.
Art. 7: Dentro de los 60 (sesenta) días de promulgada la presente ley, el gobierno de la ciudad deberá destinar predios de su incumbencia y/o proceder a la expropiación por utilidad pública de aquellos que permitan la construcción de las escuelas infantiles determinadas en art. 2 de la presente ley.
Art. 8: Se resuelve la creación de Comisiones integradas por supervisores escolares de los niveles afectados, representantes de los sindicatos docentes,  representantes electos de los padres y de la Dirección de Recursos Financieros de la Ciudad de Bs As, con el objetivo de:
a.                  Relevar otros terrenos y/o edificios ociosos en los distritos indicados y disponer la ubicación de las nuevas escuelas atendiendo a las necesidades de la población.
b.                  Ordenar la ejecución y mantener el control del desarrollo de las obras necesarias
c.                  Actuar como controlador del desarrollo de las obras
d.                 Determinar el fin de las obras en cada establecimiento
e.                  Relevar las necesidades de nuevas escuelas a partir de la construcción prevista en las diferentes comunas y elevar un informe a la Legislatura para su consideración en el Presupuesto 2017.
f.                   Relevamiento de todas las secciones en funcionamiento en la actualidad a fin de redistribuir en grupos etarios y jornadas de acuerdo a las necesidades de vacantes
Art 9: Determínese que los edificios escolares a construir serán de unidades de no más de una sección por edad, y que la tecnología a emplear para sus estructuras y paredes exteriores será de materiales f/60, mampostería y/o de hormigón, desechándose el uso de tecnología modular, de materiales perecederos y/o inflamables, atento a las normativas de seguridad vigentes. En todos los casos debe contar con espacios al aire libre
Art 10: Los jardines maternales y escuelas infantiles se organizarán en función de las recomendaciones pedagógicas para la franja etaria: una sección por sala, máximo de 20 niños para 4 y 5; 15 niños para 2 y 3 y 10 niños para lactario y deambuladores a cargo de parejas pedagógicas en todos los casos sumando maestra celadora en las dos primeras. Las jornadas serán extendidas en franja horaria de 7 hs a 19hs, para adaptarse a las necesidades de la comunidad.
Art. 11: Se dispone la creación de las plantas funcionales de las mencionadas escuelas y de los Equipos de Orientación Escolar específicos del nivel inicial acorde a la expansión estimada de la matrícula de las nuevas escuelas.
Art 12: Los cargos de creación resultantes serán dobles y deberán ser cubiertos según lo establecido en el Estatuto del Docente.
Art 13: Los nuevos cargos dobles que resulten del traslado de secciones de los JIN a las EI serán cubiertos por los mismos docentes, a fin de preservar la continuidad pedagógica. Para ello se incentivará el sistema de permutas contemplado en el art. 30 cap. XIII del estatuto del docente
Art 14: de forma



Fundamentación:


Las sucesivas crisis con las vacantes de la escuela pública que se repiten en la Ciudad desde 2014 han puesto de relieve la falta de establecimientos educativos de los diversos niveles. La inscripción en línea que impulsó el Gobierno ha sustraído las vacantes del control de la comunidad educativa para de ese modo avanzar en una política de superpoblación de unos cursos y cierres de otros, como otra forma de traspasar la matrícula de la escuela pública a la privada. El presente proyecto de ley de construcción de escuelas de nivel inicial tiene el objeto, por lo tanto, de garantizar el acceso a la escuela pública.
En las recientes declaraciones del jefe de gobierno, Rodríguez Larreta, en torno a la construcción de 30 jardines, sin plazos y alcances, plantea un alerta: seguirá la tendencia extendida por esta gestión a la creación de CPI’s, dependientes del Ministerio de Desarrollo Social y la construcción de aulas containers.
La organización actual del Nivel Inicial es caótica: existen Escuelas Infantiles (de 45 días a 5 años con jornadas simples, completas y extendidas), Jardines Maternales (de 45 días a 2 años con jornadas simples, completas y extendidas), Jardines de Infantes Comunes y Jardines de Infantes Nucleados (con jornadas completas y simples de manera casi aleatoria), siendo éstos últimos una rémora del pasado en el cual la sala de inicial estaba incluida en la primaria. Por otra parte, la organización en JIN resulta riesgosa y se dificulta la unidad pedagógica ya que el personal directivo debe trasladarse y no siempre puede hacerse presente en el momento y de la manera indicada. En muchos casos, también, se trata de una sección donde la docente se encuentra aislada, aumentando los riesgos para los niños y docentes.
Esta desorganización forma parte no sólo de una falta de planificación e inversión presupuestaria sino de una escasa comprensión del lugar que el nivel inicial ocupa en la educación. En las zonas norte y noroeste las escuelas infantiles son escasas llegando al caso de haber sólo 2 en los distritos 12 y 17 y sólo uno en el distrito 16. Se puede observar, también que los jardines de jornada simple representan un alto porcentaje de las vacantes, lo cual hace que la escuela pública deje de ser una opción para las familias trabajadoras que inscriben a sus hijos en el jardín, debiendo costear jardines y “guarderías” privadas de dudoso nivel educativo.
No obstante, advertimos que han crecido de manera exponencial los llamados Centros de Primera Infancia (CPI) y Centros de Desarrollo Integral (CeDis), instituciones dependientes de la cartera de Desarrollo Social, verdaderas escuelas chárter, pero sin valor educativo, superando  en cantidad a los JM y EI dependientes de Educación. Estos CPI, se presentan como “Centros para garantizar el desarrollo saludable de niñas y niños de 45 días a 4 años en situación de vulnerabilidad Social en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires” cuentan con comedores, jornadas extendidas y equipos de orientación, entre otros beneficios con los que no cuentan la mayoría de los jardines incluidos en el sistema educativo. Pero también presentan irregularidades que propician un alto riesgo: accesos por escaleras, instalaciones eléctricas a la vista, manipulación de alimentos en cocinas sin medidas de higiene, además de contar con docentes por fuera de las leyes laborales vigentes (Estatuto del Docente). Incluso se crea CPI linderos a escuelas infantiles como el caso del Espora, a escasos metros de la EI N9 del DE 5. En muchos casos son de asociación mixta, con ONG u organizaciones de carácter religioso, es decir, condenan a los sectores populares a enviar a sus hijos a centros evangelistas o católicos frente a la imposibilidad de una oferta pública y laica en cada barrio de la ciudad.
Sin embargo, ante la falta de vacantes, es notorio como desde el propio Ministerio de Educación se ofrece a las familias estos centros, lo cual a todas luces constituye un vaciamiento del Nivel Inicial público y un proceso de privatización encubierto desde el propio estado que a su vez subsidia a estos Centros o cooperativas. Se cierran salas y secciones de 4 y 5 por falta de alumnado cuando en realidad se trata de jardines de jornada simple que no cumplen los requisitos para las necesidades de la  comunidad pero son muy escasas las salas de 0 a 3.También hemos constatado que la inscripción en línea ha servido para vaciar jardines ya que se designan vacantes en extremos opuestos de la ciudad a los cuales es imposible acudir, teniendo en cercanías jardines con lugares disponibles, lo cual implica otra forma vaciamiento. En tanto se habla de igualdad de oportunidades, un amplio sector de niños de 45 días a 3 años queda fuera del sistema educativo y son simplemente atendidos y cuidados por programas vinculados a Desarrollo Social.
Este descalabro, es perjudicial principalmente para los niños y niñas, pero también para los docentes a cargo: salas dentro de escuelas superpobladas que no reúnen los mínimos requisitos de espacio, salubridad y seguridad como las del JIN C DE Nº15 en la escuela Nº 14, que se encuentran dentro del patio cubierto de la escuela primaria sin luz natural y sometidos al ruido incesante.
Es necesaria una reorganización del nivel, transformando los JIN y creando escuelas infantiles y jardines maternales que cumplan con los requisitos para un desarrollo correcto de las actividades educativas.
Por otra parte es necesario de acuerdo a la edad de los niños, que el nivel inicial funcione con grupos reducidos, en espacios amplios y con pocas salas y parejas pedagógicas, en particular teniendo en cuenta las políticas inclusivas y complejidad de las problemáticas que presentan hoy una porción importante de la infancia.
A modo de ejemplo y posibilidades, se propone expropiar el edificio del ex Colegio Jean Piaget sito en la calle Rosetti 50 del barrio de Chacarita, DE 9.º
Finalmente nuestra negativa a que se emplee la tecnología de aulas modulares obedece a que no satisface los requerimientos de seguridad que corresponden a la normativa vigente así como al diseño arquitectónico para las funciones escolares con graves problemas de contaminación acústica. Tal enunciado lo hicimos cuando se instalaron los modulares en varios jardines de la zona sur, a pesar de la resistencia de  docentes y familias en 2014. A dos años de su instalación, estos establecimientos presentan deterioros notables de sus instalaciones sanitarias, filtraciones, hundimiento de pisos y roturas diversas lo que resulta en un evidente malgasto de los recursos del estado. Dan testimonio de esta afirmación el estado en que se encuentran los JIC 13 sito en Avda. Roca (Lugano, autódromo) y JIC 14 de calle Bermejo en Barrio María Auxiliadora (Piedra Buena) ambos del DE 21. Por tal motivo reiteramos que debe erradicarse del sistema educativo el uso de tecnología con módulos y en cambio debe usarse tecnología basada en moldes de hormigón o mampostería para la construcción de aulas y edificios escolares.

Según nuestro relevamiento reciente y a modo de propuesta entendemos que se necesitan en la actualidad los siguientes jardines.

DE 1: 3
DE 2: 2
DE 3: 3
DE 4: 1
DE 5: 1
DE 6: 1
DE 7: 2
DE 8: 2
DE 9: 2
DE 10: 3
DE 11: 2
DE 12: 1
DE 13: 2
DE 14: 3
DE 15: 4
DE 16: 2
DE 17: 2
DE 18: 2
DE 19: 1
DE 20: 1
DE 21: 1


Por todo lo expuesto es que se requiere se apruebe la presente ley

PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN Y AMPLIACIÓN DE ESCUELAS EN ZONA SUR Y RETIRO





PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN Y AMPLIACIÓN DE ESCUELAS 
ZONA SUR Y RETIRO (Expediente 1004-D-2016)
Art. 1º Se crea el Plan de Desarrollo de la Infraestructura Escolar en las Comunas 1,3,4, 8 y 9 de la Ciudad de Buenos Aires. Su propósito es atender, con nuevos establecimientos y las plantas docentes respectivas, a la creciente necesidad de matrícula pública en esta zona de la Ciudad.
Art. 2º El citado programa comprenderá la construcción de 33 escuelas: 15 de nivel primario, 11 de nivel inicial y 7 de nivel medio según se detalla a continuación:


DISTRITO
NIVEL INICIAL
NIVEL PRIMARIO
NIVEL MEDIO
DE 1º
2 EI JC
2 JC
1 Diurna
DE 4º
1 EI JC
1 JC
1 Diurna
DE 5º
2 EI JC
3 JC
1 Diurna
DE 13
1 Jardín Materno-paterno
2 JC
1 Diurna
DE 19
2 EI JC
2 JC   1 JS
1 Diurna
DE 20
1 EI JC
1 JC
1 Diurna
DE 21
2 EI JC
2 JC – 1 JS
1 Diurna
Total
11
15
7

3º Se dispone la asignación de una partida presupuestaria de emergencia de 500 millones de pesos a partir de re-direccionar fondos del presupuesto 2016. Se faculta al Poder Ejecutivo a realizar las adecuaciones presupuestarias que fueran menester a fin de cumplimentar las disposiciones del presente artículo. La citada re-asignación no podrá partir en ningún caso de las llamadas áreas sociales del presupuesto.
Art. 4°.- Se declaran de utilidad pública del terreno ubicado en Antártida Argentina y Avda Inmigrantes, actualmente en desuso, perteneciente a la Fuerza Armada argentina con la finalidad de construcción de escuelas establecida en artículo 2 para el D.E. 1º.
Art. 5.- Se desafecta una manzana de Casa Amarilla con destino a la construcción de escuelas establecida en artículo 2 para el D.E. 4.
Art. 6.- Se anula  la cesión de 59.000 m2 de los terrenos sitos entre las calles Zavaleta, Chutro y Lavardén, a entidades privadas a través de la Corporación Buenos Aires Sur, dispuesta en diciembre del 2013. Se dispone su destino a la construcción del Polo Educativo Patricios,  que comprende una escuela inicial, una primaria y una media para el D.E. 5º.
Art. 7º.- Se destinan los terrenos correspondientes a la ex cárcel de Caseros (edificio viejo) a la construcción de un complejo educativo para los niveles de educación media y terciaria establecida en el art. 2 para el D.E.5º.
Art. 8°.-  Se dispone la compra del terreno de la calle Zinny 1776 Superficie 6.300 m2 a  fin de construir las escuelas del D.E. 13 establecidas en el Art. 2 de la presente ley
Art.  9º: - Se dispone la utilización del terreno del Gobierno de la Ciudad de la calle Basualdo y Santander, aledaño a la Escuela Infantil Nº 4 del D.E. 13 para una escuela primaria para el D.E. 13 de acuerdo a lo establecido en el Art. 2 de la presente ley.
Art. 10.- Se dispone la ampliación de 3 aulas para la Escuela Infantil 4 D.E. 13.
  Art. 11._ Se dispone la ampliación de la Escuela primaria Nº 2 D.E. 13 con extensión al terreno lindero sobre calle Chascomús mediante la construcción de dos aulas y salón de uso múltiple.
   Art.-12.- Se dispone la ampliación del Jardín 8 D.E. 13 mediante la construcción de un zoom y un aula.
Art. 13.-  Se dispone la ampliación del JIC 2 D.E. 13  con la construcción de un aula y zoom.  
Art. 14.-  Se dispone la compra y/o expropiación por utilidad pública del terreno de la ex curtiembre sito en calle La Fuente y Chilavert (Soldati) para la construcción de una escuela primaria en el D.E. 19 de acuerdo a lo establecido en el Art. 2 de la presente ley.
Art. 15.-Se dispone la compra y/o expropiación por utilidad púbica del terreno de la ex fábrica ubicado en Avda. La Plata al 2700 para la construcción de una escuela primaria e inicial en el D.E. 19
Art. 16.- Se desafecta una manzana del terreno de Varela y Cruz correspondiente al IVC (total 6 manzanas) y se dispone su destino a la construcción de un polo educativo según lo establecido en el artículo 2 para el D.E. 19.
Art. 17.-Se dispone la compra y/o expropiación del terreno correspondiente a la exAlba sito en Av. Centenera y Cruz para construir las escuelas del D.E. 19 establecidas en el Art. 2 de la presente ley.
Art. 18. Se dispone la construcción del edificio para el JIN A D.E. 21 en el terreno fiscal sito en Av. Argentina y Somellera. Actualmente disperso en salas asociadas a las Escuelas primarias 3 y 4 y Centro Comunitario de Pola y Cruz.
Art. 19.-Se destina una parcela del terreno sito en calles Aav. Escalada, Av. Gral. Francisco Fernández de la Cruz, límite con el Distrito C 3 II, límite con el Distrito U31, ambos del código de Planeamiento Urbano, y calle Batle y Ordoñez  previsto para urbanización de Villa 20 según Ley 1770 a la construcción de un polo educativo para D.E. 21 compuesto de una escuela inicial, una primaria y una media.
Art. 20.- Se dispone el uso de utilidad pública del terreno lindero al Comercial 35 D.E. 21 sito en Calle Larrazábal para la construcción de una escuela media diurna según lo establecido en el art. 2 de la presente ley.
Art. 21.- Se dispone el uso  La  Construcción de edificio propio para Escuela 5 D.E. 21, J.M. Fangio, que actualmente funciona en turno vespertino en la escuela primaria Nº 23.
Art. 22. - Dentro de los 60 (sesenta) días de promulgada la presente ley, el gobierno de la ciudad deberá destinar predios de su incumbencia y/o proceder a la expropiación por utilidad pública de aquellos que permitan la construcción de las restantes escuelas en la Comuna 8, D.E. 19 y 21 y en la Comuna 3, 8 y 9, D.E. 13 y 20 atento a las necesidades relevadas por nivel en cada una de ellos.
Art. 23.- Se resuelve la creación de Comisiones en los distritos escolares mencionados en el art. 1 integradas por supervisores escolares de los niveles afectados, representantes de los sindicatos docentes, centro de estudiantes,  representantes electos de los padres y de la Dirección de Recursos Financieros de la Ciudad de Bs As, con el objetivo de:
a)            Relevar otros terrenos y/o edificios ociosos en los distritos indicados y disponer la ubicación de las nuevas escuelas atendiendo a las necesidades de la población.
b)            Ordenar la ejecución y mantener el control del desarrollo de las obras necesarias
c)            Actuar como controlador del desarrollo de las obras
d)            Determinar el fin de las obras en cada establecimiento
e)            Relevar las necesidades de nuevas escuelas a partir de la construcción de 3.841 viviendas en   Parque Patricios y Pompeya por el Plan Procrear y elevar un  informe a la Legislatura para su consideración en el Presupuesto 2017.

Art. 24.- Las comisiones distritales cesarán en sus funciones al momento de cumplimentar la efectiva inauguración de las obras mencionadas en el art. 2.
Art. 25.- Los edificios escolares a construir serán de unidades de no más de una sección por turno, y la tecnología a emplear para sus estructuras y paredes exteriores será de materiales  f/60, (mampostería y/o de hormigón), desechándose el uso de tecnología modular, de materiales perecederos y/o inflamables,  atento a las normativas de seguridad vigentes.
Art. 26.- Se dispone la creación de las plantas funcionales de las mencionadas escuelas y la ampliación de los Equipos de Orientación Escolar acorde a la expansión estimada de la matrícula de las nuevas escuelas. Los cargos de creación resultantes serán cubiertos según lo establecido en el Estatuto del Docente. 
Art. 27º.- De forma...











Fundamentación
Las sucesivas crisis con las vacantes de la escuela pública que se repiten en la Ciudad desde 2014 han puesto de relieve la falta de establecimientos educativos de diversos niveles. La inscripción en línea que impulsó el Gobierno ha sustraído las vacantes del control de la comunidad educativa para de ese modo avanzar en una política de superpoblación de unos cursos y cierres de otros, lo que ha provocado un corrimiento de  matrícula de la escuela pública a la privada. El presente proyecto de ley tiene el objeto, por lo tanto, de garantizar el acceso a la escuela pública.
En el mes de junio del año 2014 la Asociación docente ADEMYS presentó un relevamiento hecho en la ciudad que arrojó como resultado que en la zona sur de nuestra ciudad y zona  se requiere la construcción de treinta y tres escuelas  a partir del aumento de la población de las villas de la zona sur y de Retiro desde el Censo 2010 a la fecha que fuentes autorizadas estiman que se habría duplicado. La otra causal es la construcción de nuevos barrios por planes de viviendas sociales y otros.
Desde el punto de vista presupuestario se estima 1.000 m2 por escuela de 14 secciones más aulas de uso común a 13.000 m2, lo que supone aproximadamente 13 millones de pesos por escuelas. 
Distrito 1º:  A inicios de marzo permanecían 170 niños sin vacantes correspondientes al listado complementario, a lo que se debe sumar las inscripciones del 2016, en general correspondientes a habitantes de la Villa de Retiro. La falta de escuelas se viene supliendo con el envío de micros escolares a diferentes escuelas de los Distritos 1 y 9 desde hace más de 5 años.
Distrito 4º: Se construyeron alrededor de 300 viviendas en Casa Amarilla sin su correspondiente escuela.
Distrito 5º: Existe faltante de vacantes en el nivel primario e inicial, especialmente por aumento de la población del  barrio Villa 21/24 (Barracas) y Zavaleta. En la puerta del DE 5º se registraron familias sin vacantes hasta mediados de febrero.
Solo 31% de las escuelas primarias del D.E. 5to son de J.C.
La falta de respuestas del G.C.B.A. llevó a numerosas movilizaciones entre ellas la ocupación del edificio de una escuela desactivada que fue finalmente expropiada por unanimidad por la Legislatura y restituida para la educación pública, hoy la Escuela Fuentealba. Sin embargo, actualmente las obras están paralizadas.
 El Plan Procrear está construyendo 2.900 viviendas en los ex terrenos del Ferrocarril junto a la Cancha de Huracán lo que requeriría una estimación de al menos 3 escuelas en cada uno de los niveles inicial, primario y medio.
Distrito 11º: La escuela primaria Nº 5 tiene un edificio alquilado no apto para el funcionamiento escolar. Se requiere su relocalización en terrenos cercanos.
Las escuelas cercanas al Cementerio de Flores 13, 22 y 7 tienen sobre carga de matrícula. Se propone la construcción de una escuela primaria en terrenos vecinos al cementerio de Flores.
Distrito 13º: En marzo 2016 continuaban sin vacantes alrededor de 200 niños en el nivel primario del listado complementario 2015,  a lo que se debe sumar los inscriptos en marzo (alrededor de 30 se presentaron cada día). Existe faltante de vacantes en los tres niveles, inicial, primario y medio,  en los barrios Samoré, Copelo, Nágera, Cildañez y de la Villa 15 ("Ciudad Oculta"), correspondientes a las Comunas 8 y 9. La matrícula en el   nivel primario ha crecido en 400 alumnos sin que, sin embargo, se hayan construido nuevas escuelas.   
Distrito 19º: En marzo de 2016 registramos numerosos casos de niños sin vacantes que tampoco la habían tenido durante el 2015. Señalamos algunos casos para dar cuenta de la gravedad de la situación: Nahira Mabel Ramos (DNI 49379503) sin vacante para primer grado desde el marzo del 2015 hasta el 23 de marzo de 2016. Matías López (47964140) sin vacante para 3º grado desde 2015. Ambos inscriptos en el 2014. En la puerta del DE 19º se registraron familias sin vacantes durante los meses de febrero y marzo a la fecha de este informe que oscilaban entre 100 y 20 según los días.
Tres micros escolares parten de la zona con niños de nivel primario y van a otros distritos como el 12 y el 7. El micro que iba a la escuela 4 DE 12 no funcionó hasta el 29 de marzo del corriente año.
Se ha construido un barrio nuevo, en San Francisco en Castañares y Lafuente con 14 cuerpos modulares pero no se construyó ninguna escuela.
En los terrenos exFerrocarril, calle Perito Moreno e Itaquí se están construyendo 300 viviendas correspondientes al Plan Procrear sin la correspondiente construcción de escuelas.
Más de 1300 alumnos egresaron de 7m grado en 2015 y hay solo 3 escuelas medias en la zona.
Las Supervisiones escolares del Distrito Escolar 19, han solicitado por Expediente 4285012/14,  la construcción de un polo educativo en los terrenos de Varela y Cruz que constan de 6 manzanas de propiedad del Instituto de la Vivienda.
 No obstante esta grave situación, en el curso de los últimos 10 años solo se ha inaugurado una escuela: la 23 de la Avenida Cruz y Varela.
Distrito 21º: En marzo de 2016 se registraban alrededor de 270 niños sin vacantes correspondientes al listado complementario de 2015, a lo que se debe agregar los inscriptos en el 2016  que oscilaban en presencias de 30 a 100 según los días. La matrícula del nivel inicial en sala de 5 superaba el número de vacantes disponibles en los primeros grados para el 2015.
Con más de 900 firmas, de familias y docentes del Distrito Escolar 21 y de la Comuna 8, presentadas en la Comisión de Educación de esta Legislatura  el 13 de marzo del año 2014 y adjuntadas al pedido de informe Nº 840/14, se reclamó la expropiación de edificios donde años anteriores funcionaron escuelas privadas y actualmente están desocupados.
Muchos niños son enviados en micros a otros distritos de la zona 1 por parte del Gobierno de la Ciudad desde hace varios años, debido a la falta de vacantes en Barrio Savio y Villa 20 lo que perjudica su rendimiento y aumenta su ausentismo.
El JIN A se encuentra despertigado en 3 establecimientos, escuela: escuela primaria 3, 4 y un centro comunitario donde comparte baños con adultos. Se requiere su urgente relocalización.
La urbanización de la Villa 20 prevista por ley 1770 debería contar con un polo educativo que puede localizarse en el mismo terreno.
Nivel medio común y de adultos: En los distritos mencionados y comunas 3, 8 y 9 se estima que  faltan vacantes en las diferentes orientaciones en el nivel medio y de adultos. El carácter obligatorio de este nivel, que trajo el incremento de matrícula, no ha sido acompañado de la creación de escuelas y/o construcción de edificios propios en número suficiente al pedido de vacantes que se ha generado.
Respecto a las escuelas media y de adultos en los distritos mencionados y comunas 3, 8 y 9 se estima que  faltan vacantes en las diferentes orientaciones en el nivel medio y de adultos. El carácter obligatorio de este nivel, que trajo el incremento de matrícula, no ha sido acompañado de la creación de escuelas y/o construcción de edificios propios en número suficiente al pedido de vacantes que se ha generado.
    Sólo 50% de las vacantes existentes son en turno diurno. Las pocas escuelas creadas en las últimas décadas lo han sido sobre la base de ampliar el uso en el turno vespertino de edificios escolares donde funcionan escuelas primarias en los turnos diurnos.  Esta realidad provoca que niños de 13 años deban asistir a turnos nocturnos, lo cual, amén de los riesgos de salir solos a las 23 hs de una escuela, trae año a año problemas de alto desgranamiento.  Se han construido varios barrios nuevos, así como agrandado las zonas con asentamientos de viviendas precarias  sin que, sin embargo, se haya previsto la construcción de una cantidad de escuelas equivalente a la población en edad de escolaridad media. Carecen de escuelas suficientes los barrios de Carrillo, Fátima, Soldati, Zamoré, Copelo, Nájera, Villa Cildañez, Lugano I y II, Villa Lugano, Villa Cildañez, Villa 20.
    Los jóvenes y adultos de  Bajo Flores carecen de escuela media adultos en la zona. El plan de construcción de escuelas medias propuesto en el art. 2 responde a las siguientes necesidades:
 La   Creación de Escuela media en D.E. 21 y construcción de su edificio en el terreno lindero al actual Comercial 35, sito en Calle Larrazábal.
 La  Construcción de edificio propio para Escuela 5 D.E. 21, J.M. Fangio, que actualmente funciona en turno vespertino en la escuela primaria Nº 23.
La  Construcción de edificio propio para la Escuela 1 D.E. 13 que actualmente funciona en turno vespertino, compartiendo edificio con el Comercial 6 y atiende la población de Barrio Nájera, Copelo, Zamoré, Cildañez y Villa 20.
La Creación de un C.E.N.S. en la zona de Bajo Flores y sus alrededores.
La   Ampliación del Comercial 12 D.E. 21. Construcción de  aulas nuevas en el terreno lindero en Aquino y Lisandro de La Torre.
La Construcción  del Polo Educativo Mataderos: Ubicado en Murguiondo y Directorio, que incluye una escuela media.
Finalmente nuestra negativa a que se emplee la tecnología de aulas modulares obedece a que no satisface los requerimientos de seguridad que corresponden a la normativa vigente así como al diseño arquitectónico para las funciones escolares con graves problemas de contaminación acústica. Tal enunciado lo hicimos cuando se instalaron los modulares en varios jardines de la zona sur, a pesar de la resistencia de  docentes y familias en 2014. A dos años de su instalación, estos establecimientos presentan deterioros notables de sus instalaciones sanitarias, filtraciones, hundimiento de pisos y roturas diversas lo que resulta en un evidente malgasto de los recursos del estado. Dan testimonio de esta afirmación el estado en que se encuentran los JIC 13 sito en Avda. Roca (Lugano, autódromo) y JIC 14 de calle Bermejo en Barrio María Auxiliadora (Piedra Buena) ambos del DE 21. Por tal motivo reiteramos que debe erradicarse del sistema educativo el uso de tecnología con módulos y en cambio debe usarse tecnología basada en moldes de hormigón o mampostería para la construcción de aulas y edificios escolares.
Por todo lo antedicho, se propone la construcción de 13 escuelas de nivel primario, 7 de nivel inicial, y 5 de nivel medio distribuidos en los distritos 1, 4, 5, 13, 19, 20 y 21 en una primera etapa y la previsión de otras que surgieren del relevamiento mencionado en el artículo  9 de la presente ley. Así también se requiere la ampliación de varias escuelas mediante la construcción de aulas.
Así mismo se solicita la creación de sus respectivas plantas funcionales escolares y correspondiente creación de cargos en la POF de los EOE de los distritos respectivos.

Por lo expuesto, solicitamos la aprobación de dicha ley.